Este martes por la mañana, la Jueza de Transición y Garantías de Colón Natalia Céspedes viajó a Paraná para entregar a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Senadores, su escrito de oposición a la candidatura propuesta por el gobernador para titularizar el cargo ocupado por ella en forma interina.

La magistrada considera que la postulación remitida al cuerpo legislativo “no da acabado cumplimiento a la normativa constitucional, convencional y legal vigente en materia de designación de magistrados judiciales, generando mi discriminación como mujer con derecho a la carrera judicial y un consecuente perjuicio de imposible reparación ulterior, atento mi condición de ganadora del mencionado concurso y el rol de jueza interina que desempeño ininterrumpidamente desde hace casi diez años en el cargo concursado”.

Luego de aludir a tratados internacionales y leyes nacionales, menciona que “Entre Ríos tiene expresamente previsto en el art. 17 de la Constitución Provincial la garantía a la igualdad real de oportunidades y de trato para mujeres y varones”, además de recordar la sanción en noviembre de 2020 de la Ley N°10.844 de Paridad de Género, estableciendo tal principio rector para la conformación de los tres poderes del Estado.

“Esta Ley también introduce modificaciones en la Ley Orgánica del Poder Judicial de Entre Ríos N°6.902, estableciendo que la designación para cubrir cargos deberá atender al principio de paridad de género, incluso para renovaciones o reemplazos”.

“Difícilmente pueda escapar al razonamiento de cualquier ciudadano que la acción de remitir al Senado una propuesta que no contempla la obligatoriedad de toda esta normativa merece ser revisada”, opina Céspedes. Y asegura que –aunque ella no hubiera logrado el primer lugar en el concurso- “por el solo hecho de integrar la terna elevada por el Consejo de la Magistratura estaría en condiciones de invocar su aplicación, toda vez que la conformación del mapa de género del funcionariado judicial local así lo amerita”.

“Lamentablemente no se ha tomado en consideración la realidad local, ya sea por desconocimiento o falta de interés, y ello acarrea un importante impacto no sólo en mis derechos particulares sino también en la legitimidad del Servicio de Justicia”, dice en la misma línea.

Discrecionalidad y razonabilidad

“Resulta función del Honorable Senado llevar a cabo el control de los actos de gobierno también desde este punto de vista, determinando si la discrecionalidad del Ejecutivo en el ejercicio de sus funciones le permite dejar de lado la normativa citada y desentenderse de las consecuencias de tal acción, valorando a tal fin la información de contexto que me permito aportar a través de esta presentación”, sostiene la jueza colonense en otro párrafo.

“El principio de razonabilidad debe inspirar cada acto de gobierno. A ello agrego que la discrecionalidad política debería ser ejercida respetando la capacidad local de gestar nuestras propias autoridades, aceptando que dentro de ‘las reglas del juego’ no solo cuentan los intereses partidarios sino también los criterios de ética y transparencia, siendo ejemplo de ello con las propias acciones”.

“Si interpretamos que la discrecionalidad política está por encima de toda esta normativa, cualquier esfuerzo legisferante está destinado a ser letra muerta”, señala. Y al respecto concluye: “En el mejor de los casos, podemos decir que estamos ante una “discrecionalidad regresiva” en el ejercicio de la función institutiva que no responde a las necesidades políticas actuales”.

La “excepción” de Colón

“De los nueve cargos a titularizar, solo en tres casos el Ejecutivo postula a mujeres para dicha función, dos de ellas integrantes de las ternas originarias –Dras. Firpo y Benedetti-, y un tercer cargo por integración complementaria en los términos del art. 100 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos15 –Dra. Seró-, lo que dista mucho de la noción de paridad”, menciona Céspedes.

Leé tambiénPliegos de jueces. En 3 ciudades, Frigerio usó la “facultad discrecional” y prefirió a postulantes que no salieron primeros en los concursos“Cada postulante que obtuvo el primer lugar en los distintos concursos fue propuesto por el Ejecutivo para titularizar un cargo como juez de Garantías, a excepción de Colón, donde –inexplicablemente- se postula al concursante que salió segundo, evidenciando en los hechos una modificación del criterio de selección en base al mérito que tampoco se justifica por un criterio objetivo como podría ser la territorialidad, toda vez que el postulado no se ha desempeñado en esta jurisdicción, contrario a la que suscribe”.

“Por otro lado, vemos que en un caso se extreman las medidas para asegurar los postulados de la Ley de Paridad de Género, al punto de promover a una concursante mujer que obtuvo el séptimo lugar y proponerla como magistrada titular –Dra. Seró – y por el otro inexplicablemente se descarta a una mujer que obtuvo el primer lugar –mi caso- para que titularice un varón que salió segundo. Esta decisión resulta claramente regresiva en materia de paridad de género y constituye un acto de discriminación hacia la mujer”, añade.

“Quedé en segundo lugar para juez de Garantías a nivel provincial computadas las tres etapas sujetas a calificación, el primero en la jurisdicción donde vivo, trabajo y desempeño el cargo hace casi diez años, y al criterio discrecional del Ejecutivo no merezco titularizar el único cargo concursable en mi ciudad de origen, descartándose por completo toda la normativa que señala la necesidad de ejecutar acciones positivas que aseguren la carrera judicial de las mujeres. Por el contrario, se me relega a desempeñar funciones de gestión para el desempeño funcional de la persona postulada por el Ejecutivo, ya que como titular de la Secretaría del Juzgado de Garantías de Colón deberé compartir el mismo espacio físico de trabajo con quien sea designado titular, constituyendo dicha circunstancia otro acto de violencia institucional y psicológica al que me veré sometida, de prosperar la propuesta”.

Entre sus argumentos, cita que –de concretarse la designación de Jesús Penayo Amaya al frente del Juzgado de Transición y Garantías- “el mapa de género local”, quedaría integrado por cuatro magistrados hombres y una sola mujer.

Junto a su nota, Natalia Céspedes presentó al Senado provincial escritos de oposición con 540 firmas de vecinos de Colón.

By Alejandro vertz

HACEMOS PERIODISMO LIBRE E INDEPENDIENTE , NOTICIAS LOCALES PROVINCIALES Y NACIONALES , CREEMOS QUE ES IMPOSIBLE CORREGIR LOS ABUSOS DE PODER A NO SER QUE SEPAMOS .....QUE ESTÁN SUCEDIENDO.

Deja un comentario