«𝗘𝗡𝗘𝗥𝗦𝗔, 𝗘𝗡𝗧𝗥𝗘 𝗟𝗔𝗦 𝗜𝗠𝗣𝗨𝗧𝗔𝗗𝗔𝗦 𝗣𝗢𝗥 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔𝗥 𝗧𝗔𝗦𝗔𝗦 𝗠𝗨𝗡𝗜𝗖𝗜𝗣𝗔𝗟𝗘𝗦 𝗘𝗡 𝗙𝗔𝗖𝗧𝗨𝗥𝗔𝗦 𝗗𝗘 𝗦𝗘𝗥𝗩𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 𝗣𝗨́𝗕𝗟𝗜𝗖𝗢𝗦»
** 𝘊𝘖𝘕𝘍𝘐𝘙𝘔𝘈𝘋𝘖: 𝘓𝘰 𝘪𝘯𝘴𝘪𝘴𝘵𝘪𝘮𝘰𝘴 𝘥𝘦𝘴𝘥𝘦 𝘩𝘢𝘤𝘦 𝘢𝘯̃𝘰𝘴 │ 𝘊𝘩𝘢𝘫𝘢𝘳𝘪́ 𝘦𝘴 𝘶𝘯𝘢 𝘥𝘦 𝘭𝘢𝘴 11 𝘤𝘪𝘶𝘥𝘢𝘥𝘦𝘴 𝘥𝘦 𝘵𝘰𝘥𝘰 𝘌𝘯𝘵𝘳𝘦 𝘙𝘪́𝘰𝘴 𝘱𝘰𝘳 𝘭𝘢𝘴 𝘤𝘶𝘢𝘭𝘦𝘴 𝘴𝘦 𝘩𝘢𝘣𝘳𝘪𝘰́ 𝘶𝘯 𝘦𝘹𝘱𝘦𝘥𝘪𝘦𝘯𝘵𝘦 𝘤𝘰𝘯 𝘪𝘮𝘱𝘶𝘵𝘢𝘤𝘪𝘰́𝘯 𝘱𝘰𝘳 𝘷𝘪𝘰𝘭𝘢𝘳 𝘭𝘢 𝘊𝘰𝘯𝘴𝘵𝘪𝘵𝘶𝘤𝘪𝘰́𝘯 𝘺 𝘭𝘢 𝘓𝘦𝘺 𝘥𝘦 𝘋𝘦𝘧𝘦𝘯𝘴𝘢 𝘢𝘭 𝘊𝘰𝘴𝘶𝘮𝘪𝘥𝘰𝘳**
Enlace al PDF del listado de Empresas imputadas con 244 ciudades en todo el Pais… una es Chajarí (vos velo) : https://acortar.link/UwSL9T
# 𝗠𝗨𝗬 𝗦𝗜𝗠𝗣𝗟𝗘: 𝗟𝗢𝗦 𝗨𝗦𝗨𝗔𝗥𝗜𝗢𝗦 𝗔𝗖𝗘𝗣𝗧𝗔𝗠𝗢𝗦 𝗟𝗢𝗦 𝗔𝗨𝗠𝗘𝗡𝗧𝗢𝗦 𝗗𝗘𝗟 𝗦𝗘𝗥𝗩𝗜𝗖𝗜𝗢 𝗣𝗢𝗥𝗤𝗨𝗘 𝗟𝗢𝗦 𝗠𝗢𝗡𝗧𝗢𝗦 𝗘𝗦𝗧𝗔𝗕𝗔𝗡 𝗔𝗧𝗥𝗔𝗦𝗔𝗗𝗢𝗦 𝘆 𝗣𝗢𝗥 𝗘𝗦𝗢 𝗛𝗔𝗖𝗘𝗠𝗢𝗦 𝗨𝗡 𝗔𝗝𝗨𝗦𝗧𝗘 𝗘𝗡 𝗖𝗔𝗗𝗔 𝗗𝗢𝗠𝗜𝗖𝗜𝗟𝗜𝗢/𝗖𝗢𝗠𝗘𝗥𝗖𝗜𝗢 │ 𝗘𝗫𝗔𝗖𝗧𝗔𝗠𝗘𝗡𝗧𝗘 𝗟𝗢 𝗠𝗜𝗦𝗠𝗢 𝗟𝗘 𝗘𝗫𝗜𝗚𝗜𝗠𝗢𝗦 𝗔𝗟 𝗚𝗢𝗕𝗜𝗘𝗥𝗡𝗢 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗖𝗜𝗨𝗗𝗔𝗗 𝗤𝗨𝗘 𝗡𝗢𝗦 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔 𝗜𝗗𝗘𝗕𝗜𝗗𝗔𝗠𝗘𝗡𝗧𝗘 𝗣𝗢𝗥𝗖𝗘𝗡𝗧𝗨𝗔𝗟𝗘𝗦 𝗗𝗘𝗟 𝟴,𝟲𝟵𝟱% + 𝗘𝗟 𝟭𝟮% 𝗦𝗢𝗕𝗥𝗘 𝗘𝗟 𝗖𝗢𝗡𝗦𝗨𝗠𝗢 𝗘𝗟𝗘́𝗖𝗧𝗥𝗜𝗖𝗢, 𝗔 𝗖𝗔𝗠𝗕𝗜𝗢 𝗗𝗘 𝗡𝗜𝗡𝗚𝗨𝗡𝗔 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗔𝗣𝗥𝗘𝗦𝗧𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡…
𝗦𝗢𝗟𝗨𝗖𝗜𝗢́𝗡: ¡¡𝗔𝗝𝗨𝗦𝗧𝗘𝗡𝗦𝗘́ 𝗨𝗦𝗧𝗘𝗗𝗘𝗦 𝗧𝗔𝗠𝗕𝗜𝗘́𝗡, 𝗘𝗠𝗜𝗡𝗘𝗡𝗧𝗘𝗦 𝗣𝗢𝗟𝗜́𝗧𝗜𝗖𝗢𝗦 … 𝗔𝗛𝗢𝗥𝗥𝗘𝗡 𝗘𝗡 𝗡̃𝗢𝗤𝗨𝗜𝗦, 𝗘𝗡 𝗟𝗢𝗦 𝗖𝗜𝗘𝗡𝗧𝗢𝗦 𝗱𝗲 𝗔𝗜𝗥𝗘𝗦 𝗔𝗖𝗢𝗡𝗗𝗜𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗗𝗢𝗦 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗡̃𝗢𝗤𝗨𝗜𝗦 𝘆 𝗘𝗡 𝗣𝗔𝗥𝗔́𝗦𝗜𝗧𝗢𝗦 𝗘𝗡 𝗚𝗘𝗡𝗘𝗥𝗔𝗟 𝗤𝗨𝗘 𝗧𝗥𝗔𝗡𝗦𝗣𝗜𝗥𝗔𝗡 𝗘𝗡𝗧𝗥𝗘 𝗡𝗔𝗟𝗚𝗔𝗦 𝗗𝗘 𝗧𝗔𝗡𝗧𝗢 𝗘𝗦𝗧𝗔𝗥 𝗘𝗦𝗣𝗘𝗥𝗔𝗡𝗗𝗢 𝗘𝗟 𝗦𝗨𝗘𝗟𝗗𝗢 (𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗡𝗨𝗘$𝗧𝗥𝗔) 𝗦𝗜𝗡 𝗟𝗔𝗕𝗨𝗥𝗔𝗥.. 𝗙𝗜𝗡 #
«𝗡𝗢 𝗦𝗢́𝗟𝗢 𝗘𝗟𝗜𝗠𝗜𝗡𝗔𝗥 𝗟𝗢𝗦 𝗠𝗢𝗡𝗧𝗢𝗦 𝗗𝗘 𝗖𝗛𝗢𝗥𝗘𝗢, 𝗦𝗜𝗡𝗢 𝗔𝗗𝗘𝗠𝗔́𝗦 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔𝗥𝗟𝗘𝗦 𝗧𝗢𝗗𝗢𝗦 𝗟𝗢𝗦 𝗔𝗡̃𝗢𝗦 𝗤𝗨𝗘 𝗡𝗢𝗦 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔𝗥𝗢𝗡 𝗜𝗡𝗗𝗘𝗕𝗜𝗗𝗔𝗠𝗘𝗡𝗧𝗘»
Si bien el Gobernador Rogelio Frigerio ELIMINÓ el impuesto provincial en la Factura eléctrica, hay municipios como el de Chajarí que hicieron caso omiso a la sugerencia de imitarlo.
Ahora el Gobierno nacional informa que SE PROHIBE esa práctica municipal, fundamentado en la Constitución Nacional y la Ley de Defensa al Cosumidor.
Comprendido ésto, se entiende que no sólo debemos intimarlos a que se eliminen dichas Tasas y Contribuciones municipales, sino que además hasta podemos reclamar el cobro indebido desde el momento que se comenzaron a enquistar dichos montos desde muchos años antes de la reciente Resolución nacional , ya que si bien ésta se genera durante la actual gestión Milei, dicha Resolución 267/24 nos hace saber que las violaciones a nuestros derechos se vienen consumando desde que estos Derechos violentados por los municipios mediante las empresas de servicios, estaban contemplados previamente, asentados tanto en la Carta Magna como en la Ley citada.

«𝗟𝗔𝗦 𝗜𝗠𝗣𝗨𝗧𝗔𝗗𝗔𝗦»
Se imputaron empresas de la ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires, Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán.
«𝟮𝟰𝟰 𝗘𝗫𝗣𝗘𝗗𝗜𝗘𝗡𝗧𝗘𝗦 𝗔𝗕𝗜𝗘𝗥𝗧𝗢𝗦, 𝗨𝗡𝗢 𝗣𝗢𝗥 𝗖𝗔𝗗𝗔 𝗟𝗢𝗖𝗔𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗»
La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía imputó a 95 empresas por haber incluido en las facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor. Se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma.
Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos.

La norma había establecido que ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos. “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”, indica la resolución.
«𝗘𝗠𝗣𝗥𝗘𝗦𝗔𝗦 𝗜𝗠𝗣𝗨𝗧𝗔𝗗𝗔𝗦»
Se imputaron empresas de la ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires, Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán.
“A partir de recibir la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47, inciso b, contempla multas de hasta 2.130 millones de pesos”, informaron desde la cartera conducida por Pablo Lavigne.
Las denuncias fueron recibidas en el correo electrónico habilitado desde fines de octubre, denunciatufactura@comercio.gob.ar. Hasta el momento ingresaron 2705 reclamos. “Esas tasas son ilegales y violan el art. 42 de la Constitución Nacional”, había asegurado Fernando Blanco Muiño, subsecretario de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, al anunciar el canal de denuncia.
Desacuerdo con intendentes
El Vocero, Manuel Adorni, manifestó también que desde el Gobierno “invitamos a todos los intendentes a que busquen una manera de golpearle la puerta al vecino y cobrarle la tasa, y no a través de las facturas de servicios públicos”.
«𝗟𝗔 𝗘𝗫𝗖𝗨𝗦𝗔 𝗗𝗘 𝗟𝗢𝗦 𝗜𝗡𝗧𝗘𝗡𝗗𝗘𝗡𝗧𝗘𝗦 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗦𝗘𝗚𝗨𝗜𝗥 𝗥𝗢𝗕𝗔𝗡𝗗𝗢, 𝗣𝗘𝗥𝗢 𝗡𝗨𝗡𝗖𝗔 𝗛𝗔𝗕𝗟𝗔𝗥 𝗗𝗘 𝗔𝗝𝗨𝗦𝗧𝗔𝗥 𝗦𝗨𝗦 𝗚𝗔𝗦𝗧𝗢𝗦»
Los intendentes sostienen que el cobro de tasas a través de las facturas de servicios básicos es una práctica establecida en varios municipios y responde a una necesidad de financiamiento para áreas como seguridad, alumbrado público y espacios verdes. Al eliminar este recurso, explican, los gobiernos locales ven comprometida su capacidad de respuesta ante necesidades urgentes de la población.
Los intendentes sostienen que el cobro de tasas a través de las facturas de servicios básicos es una práctica establecida en varios municipios y responde a una necesidad de financiamiento para áreas como seguridad, alumbrado público y espacios verdes
Aunque varios intendentes, sobre todo del Conurbano bonaerense, lograron amparos judiciales que les permiten mantener el cobro de tasas municipales en las boletas de servicios públicos, el Ejecutivo avanza en hacer cumplir la resolución.
Por otra parte, y a fin de evitar precios mayores, la Secretaría de Energía también había ordenado que las estaciones de servicio pongan un cartel con la siguiente leyenda: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”. El Ministerio de Economía fijó en 120 días el plazo que tiene las empresas para adecuarse a esta normativa y advirtió que aquellas que no cumplan con lo ordenado podrían recibir sanciones.
De acuerdo al listado difundido este lunes por el portal Infobae, entre las empresas entrerrianas figuran las siguientes:
Cooperativa de Consumo de Electricidad y Afines de Gualeguaychú Limitada que incluye al os municipios de Gualeguaychú y Pueblo Belgrano.
Cooperativa de Servicios Públicos “General José de San Martín” Limitada de Seguí, Departamento Paraná.
Cooperativa de Servicios Públicos “Quebracho” Limitada de Viale, Departamento Paraná.
Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Concordia Limitada
Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima (ENERSA)
«𝗖𝗛𝗔𝗝𝗔𝗥𝗜 𝗘𝗡𝗧𝗥𝗘 𝗟𝗔𝗦 𝗣𝗢𝗖𝗔𝗦 “𝗠𝗔𝗡𝗢𝗦 𝗟𝗔𝗥𝗚𝗔𝗦” 𝗘𝗡 𝗘𝗡𝗧𝗥𝗘 𝗥𝗜𝗢𝗦»
• ENERSA- ENERGIA DE ENTRE RIOS S.A. que presta servicio en los municipios de:
Chajarí
Villaguay
Urdinarrain
San José
Paraná
Concepción del Uruguay
Bovril
San Justo
Aldea Brasilera
Gualeguay.
• GASNEA S.A., en los municipios de Urdinarrain, Concordia, Gualeguaychú, Oro Verde y Crespo.
• REDENGAS S.A. en Paraná