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El tema viene a cuento por la suspensión de esos pagos que dispuso esta semana el Gobierno Nacional, luego que se ratificara la condena en segunda instancia de Fernández de Kirchner en la Causa Vialidad, por el direccionamiento de obra pública a empresas de Lázaro Báez, pero según señaló De los Heros en “Si pasa, pasa”, el programa de Ignacio Ortelli en Rivadavia, “lo de Cristina Kirchner no es una jubilación o pensión, sino una asignación graciable”.

El funcionario de ANSES consideró que “sería oportuno que se derogue el artículo que establece la asignación vitalicia en favor a presidentes y ex vicepresidentes, con un salario equivalente a un Ministro de la Nación”

.Mariano de los Heros, titular de ANSES, habló en Radio Rivadavia.

Mariano de los Heros, titular de ANSES, habló en Radio Rivadavia.

“Lo que cobra Cristina Kirchner equivale a 139 jubilaciones mínimas, 388 Asignaciones Universales por Hijo, y a 21 jubilaciones máximas, pero todo eso puede ser revisado judicialmente”, sostuvo De los Heros.

Cuando le consultaron sobre derechos adquiridos, señaló que “hay un derecho adquirido en la medida que se mantengan las condiciones que dieron origen a ese derecho”

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El gobierno de Javier Milei suspende las jubilaciones de privilegio de Cristina Kirchner

También habló de los haberes que perciben los familiares de Carlos Menem, precisando que en ese caso “Menem fallece siendo senador y las causas penales se extinguen con la muerte. En el caso de Zulema Yoma, no hay ninguna cláusula de indignidad en ella, como sí la tiene Cristina”.

Según detalló De Los Heros, la justificación para la quita de asignaciones a la ex presidenta “reside en la existencia de una sentencia definitiva que la condena por delitos contra la administración pública y un enriquecimiento ilícito”, en referencia al fallo de la Cámara de Casación en la causa Vialidad.

“La existencia de un posible recurso extraordinario no menoscaba en absoluto la existencia de una sentencia definitiva”, justificó De los Heros, reiterando que “no se trata de una jubilación o pensión sino una asignación graciable que la ley le da a los presidentes y expresidentes pero que no tienen carácter contributivo y lo ha dicho la Corte hasta el cansancio. No son prestaciones previsionales”.

Asimismo, precisó: “Al igual que en una donación, si alguien atenta contra un donante, existe lo que se llama la indignidad como causal de revocación de esa donación. Acá, la indignidad ha sido ser condenado con un doble conforme y habiendo obtenido una sentencia definitiva. Se han agotado las instancias ordinarias”.

Por último, el funcionario aseveró que hay un cambio cultural que también impactará en la Justicia y lo que, espera, hará revisar la responsabilidad institucional del poder. “Todo era un abuso de derecho y a eso nos tenían acostumbrados. Seamos todos iguales ante la ley”, concluyó.

By Alejandro vertz

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