Desde ayer lunes no es necesario un libre deuda, es decir, tramitar la ausencia de cuentas pendientes por patentes o multas para avanzar con la trasferencia de un vehículo.

El cambio en el trámite se desprende de otro anuncio oficial. “Los Registros Automotores dejarán de cobrar los impuestos y tasas relativos a la radicación de Automotores y de sellos, y las multas por infracciones de tránsito cometidas en jurisdicción provincial o municipal. Será responsabilidad de cada jurisdicción la percepción de los mismos”, sostuvo el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, sobre la batería de cambios que viene anunciando.

Así, además del fin del cobro de tasas, patentes o multas provinciales o municipales en los registros nacionales, el anuncio avanza sobre la manera de transferir un auto usado.

Se arregla entre comprador y vendedor

“Hasta ahora los registros tenían convenios con los municipios, de modo tal que retenían el trámite por deudas de patentes o multas. Si querías comprar un auto y tenía deuda no lo podías transferir”, explicó al diario Clarín una fuente del ministerio.

Explicó que hasta el momento “existía la negativa de pago, pero los registros igual obligaban a tener que saldar todo o no avanzaba el trámite”.

“Hoy eso deja ser así: el registro libera el auto aunque tenga deuda de patente o de multas y eso se arregla entre vendedor y comprador”, completó la voz oficial.

Explicaciones técnicas

En el sentido general del cambio, abundó el secretario de Justicia, Sebastián Amerio, quien tiene bajo su órbita la Subsecretaría de Asuntos Registrales. “A partir de ahora los gobiernos van a tener que hacerse responsables ante los ciudadanos de los impuestos, tasas y retenciones que les cobran”.

“Los argentinos tienen el derecho de saber a dónde es destinada la plata que el Estado les retiene y esta medida es un avance en ese sentido”, sostuvo el funcionario que tiene línea directa con el asesor presidencial Santiago Caputo.

Amerio brindó explicaciones técnicas sobre por qué existe una, según definió, “conveniencia” de dejar sin efecto los convenios por los cuales los Registros Seccionales perciben en la actualidad los impuestos y tasas. “Esa operatoria resulta ajena al desarrollo de la actividad registral”, enfatizó.

Además, sostuvo que “los convenios vigentes de complementación de servicios prevén la posibilidad de que cualquiera de las partes deje sin efecto su operatoria”. notificándolo fehacientemente con su debida anticipación”.

Concluyó que, por todo lo expuesto, “resulta pertinente denunciar todos los Convenios vigentes de Complementación de Servicios suscriptos entre este, el Ministerio de Justicia y las Municipalidades, Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. (Elonce)

By Alejandro vertz

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