A través de un decreto, el presidente restringio acceso a la informacion de su gobierno , así como también de la actividad privada y parte de la pública de sus funcionarios. A la vez, el Poder Ejecutivo se arrogará la discresionalidad de autodefinir y autodeterminar cuál o cuáles serán los datos que podrán considerarse como de interés público para salir a la luz.
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Los nuevos criterios que limitan a los ciudadanos a acceder (de manera individual o colectiva, independiente o a través de la prensa) a los datos de la administración nacional sobre la cosa pública están incluidas en el Decreto 780/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial.
La información pública según Milei
Se trata de un extenso punteo que modifica lo que regía hasta ahora en la ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública, sancionada sobre la base del artículo 75 de la Constitución Nacional que reconoce ese derecho a través de los tratados internacionales incluidos en el inciso 22 de esa norma.
El decreto de Milei reconoce que el principio republicano de publicidad de los actos de Gobierno, la promoción de la participación ciudadana, la transparencia de gestión y demás. Pero achica los límites para que la administración de La Libertad Avanza (LLA) dé a conocer sólo lo que el Presidente quiere.